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- REQUISITOS LEGALES AMBIENTALES A TENER EN CUENTA EN 2012

17/01/2012

Como viene siendo habitual todos los años, desde AIJU nos ponemos en contacto con ustedes para informarles de los requisitos legales medioambientales que les son de aplicación durante el primer trimestre de año y que son:

-Obligación de presentar la Declaración de Producción de Residuos Peligrosos, antes del 1 de marzo de cada año. Este requisito legal resulta de aplicación obligatoria para aquellas empresas que produzcan más de 10 Toneladas/año de residuos peligrosos y es voluntario para el resto de empresas. El formulario pueden solicitarlo de modo gratuito al mail m.ambiente@aiju.info.

-Para todos los productores de residuos peligrosos obligación de presentar cada 4 años el Plan de Prevención y Reducción de residuos peligrosos y realizar el seguimiento del mismo durante el primer trimestre de cada año.

-Obligación de presentar la Declaración Anual de Envases y Residuos de Envases, antes del 31 de marzo de cada año. A modo de resumen este requisito legal afecta a todas las empresas que pongan en el mercado productos envasados y/o embalados o que generen residuos de envases en sus actividades. El formulario pueden solicitarlo de modo gratuito al mail m.ambiente@aiju.info.

-Presentar el seguimiento de los Plan Empresarial de Prevención de envases y residuos de envases, durante el primer trimestre de cada año a la Cámara de Comercio correspondiente. Esto es de aplicación para aquellas empresas que, domiciliadas en la Comunidad Valenciana, hayan superado los límites de generación de envases puestos en el mercado nacional establecidos en el artículo 3 del Real Decreto 782/1998 (p.ej.: 14 Tm envases cartón/año, 21 Tm envases plástico/año,…).

-Realizar AUDITORÍAS ACÚSTICAS para comprobar niveles sonoros y vibraciones, a través de Entidad colaboradora (ECMCA) en materia de calidad ambiental, al inicio de la actividad o puesta en marcha y, al menos, cada cinco años. Para aquellas actividades que a fecha de 14/12/04 contaban con todos los permisos, autorizaciones o licencias exigibles, debían haber realizado la primera auditoria acústica antes del 14/12/05.

-Aquellas actividades que les aplica el RD 9/2005, debían haber remitido antes del 7 de febrero de 2007 al órgano competente (Consellería de Medio Ambiente, Agua, Urbanismo y Vivienda) un Informe preliminar de suelos con alcance y contenido según Anexo II del RD 9/2005.

-Las empresas pueden deducirse del Impuesto de Sociedades el 2% de las inversiones puestas en marcha a lo largo del ejercicio 2011 y que supongan mejoras ambientales (reducción de residuos, reutilización/reducción de vertidos, minimización de emisiones atmosféricas, disminución emisiones sonoras,…) a través de la solicitud de la Convalidación medioambiental. Este trámite se puede gestionar directamente a través de AIJU.

Desde AIJU se le ofrece el servicio de asesoramiento para la cumplimentación de las mismas, así como el de cualquier requisito legal en cuestión medioambiental que le pueda ser de aplicación. Para ello puede contactar con Enrique Añó Montalvá (m.ambiente@aiju.info)

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