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APROBADA LA REVISIÓN DE LA DIRECTIVA DE JUGUETES POR EL PARLAMENTO EUROPEO

14/01/2009

El pasado 18 de diciembre el Parlamento Europeo dio luz verde a la nueva Directiva Europea de Seguridad de los Juguetes. Recordemos que esta directiva se encontraba en proceso de revisión desde 2003 con el objetivo de adaptar la normativa actual a la aparición de productos fabricados con nuevos materiales y tecnologías, y reforzar la seguridad del mercado europeo de juguetes.

Los cambios que propone la revisión de la Directiva se pueden resumir en dos aspectos generales:

1.- Requisitos de gestión.

Están enfocados a completar el dossier de fabricación, mejorar la definición de juguete, y, entre otros, lo más destacable es la obligatoriedad de realizar un análisis de riesgos del juguete previo a su comercialización, que habrá de incluirse en la ficha técnica del producto, así como la necesidad de conocer las sustancias químicas empleadas en la fabricación del juguete.

2.- Requisitos técnicos.

Con éstos se refuerzan los requisitos de seguridad. Aunque se introducen cambios en cuanto a los requisitos de tipo mecánico y etiquetado, como la prohibición de juguetes unidos firmemente a alimentos, nuevas disposiciones para el ruido emitido por los juguetes, etc., los principales cambios propuestos se producen en los requisitos químicos.

Por lo que respecta a las sustancias químicas en los juguetes, la directiva dispone que los juguetes cumplan la legislación general de la UE sobre sustancias químicas (Reglamento (CE) nº 1907/2006 REACH). Además se introducen normas específicas sobre la utilización de sustancias carcinógenas, mutágenas y tóxicas para la reproducción (sustancias CMR) en los juguetes. Se prohíbe también el uso de determinadas sustancias alérgenas y determinadas fragancias. Por último, para tomar en consideración los nuevos conocimientos científicos, la directiva amplía el número de metales pesados y modifica sus límites de migración.

La revisión de la Directiva de seguridad de los juguetes incorpora el nuevo Reglamento de Comercialización de Productos, que modifica los requisitos de vigilancia del mercado.

Será muy importante cómo se lleve a cabo la implantación y la aplicación práctica por parte de las autoridades y las exigencias de los clientes. Esto afectará a los modos de realizar la certificación y a cómo se demostrará la conformidad con los requisitos.

Se espera que la nueva directiva se publique en el Diario Oficial de la UE a inicios de 2009. El periodo transicional será de 2 años desde su publicación, excepto para los nuevos requisitos químicos, que será de 4 años.

Desde AIJU les mantendremos informados de las novedades en la implantación de la nueva directiva.

Si desean ampliar la información pueden contactar con Ana Sánchez (laboratorio@aiju.info).

Laboratorio de AIJU

Tel. 965554475 / Fax. 965554490

laboratorio@aiju.info

www.aiju.info www.calidadcomprobada.com

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